Compra de Tidis
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Títulos emitidos por el Ministerio de Hacienda como mecanismo para la devolución de saldos originados en el pago de impuestos, los cuales constituyen Deuda Pública interna y son libremente negociables.
- Son desmaterializados.
- Plazo de emisión: Un (1) año
- Pierden validez luego de la fecha de vencimiento.
- Se pueden negociar en el mercado secundario.
- No devengan intereses.
- Su rendimiento está determinado por la diferencia entre el precio de compra y su valor nominal.
- No tienen retención en la fuente por ser valores al descuento.
- La Administración Tributaria podrá efectuar devoluciones de saldos a favor, superiores a 1000 UVTs mediante títulos de devolución de impuestos (UVT año 2016 $29.753)
- Los TIDIS sólo podrán ser utilizados por su titular como instrumento para cancelar impuestos o derechos administrados por las Direcciones de Impuestos y de Aduanas dentro del año calendario siguiente a la fecha de su expedición.
- Aplica solamente bajo la figura de Encargo Fiduciario de Inversión.
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