SAC

Es el Sistema implementado por la Fiduciaria para fortalecer la debida atención y protección de sus Consumidores Financieros.

Información que se suministra especialmente a los consumidores en desarrollo del SAC

  • Las características y costos de los productos y servicios ofrecidos. Para ampliar información sobre productos y servicios haga click aquí
  • Los procedimientos para la atención de quejas, reclamos o peticiones.
  • La existencia y funciones del Defensor del Consumidor Financiero y los procedimientos que aplica en desarrollo de las mismas.
  • Recibir una adecuada educación e información sobre los productos y servicios y los mecanismos de protección para la defensa de sus derechos.
  • Presentar respetuosamente quejas, peticiones y solicitudes ante la Fiduciaria, el Defensor del Consumidor Financiero, la Superintendencia Financiera de Colombia y los organismos de autorregulación
  • Los demás que le concedan las disposiciones legales.

Buenas prácticas que deben tener los consumidores financieros

  • Revisar los términos y condiciones de los contratos.
  • Conocer las condiciones de los productos o servicios de su interés que le permitan la toma de decisiones informadas
  • Suministrar información cierta y suficiente y actualizarla, cuando sea del caso.
  • Revisar los términos y condiciones de los contratos que celebre.
  • Observar las instrucciones y recomendaciones que le imparta la Fiduciaria.
  • Informarse sobre los mecanismos de protección de sus derechos y hacerlos efectivos cuando lo requiera.

Ley 1328 de 2009

Otorga los lineamientos sobre SAC, el Sistema que implementamos las entidades vigiladas, buscando propender por un ambiente de atención, protección y respeto de todos los consumidores financieros.

Decreto 2555 de 2010

Recoge y reexpide las normas en materia del sector financiero, asegurador y del mercado de valores.

Estatuto Orgánico del Sistema Financiero

El Estatuto Orgánico del Sistema Financiero establece la siguiente estructura general del sector financiero y asegurador. Divide las entidades que lo integran en las siguientes categorías:

  • Establecimientos de crédito
  • Sociedades de servicios financieros
  • Sociedades de capitalización
  • Entidades con régimen especial
  • Entidades aseguradoras
  • Intermediarios de seguros y reaseguros y Sociedades de servicios técnicos y administrativos.

La propia ley define las actividades que pueden o no realizar estas entidades. Por esta razón, las entidades financieras que conforman el sector financiero y asegurador en Colombia tienen un objeto social reglado, es decir, que está limitado por la ley.

Circular externa 015 de 2010 de la SFC

Instrucciones respecto del funcionamiento e implementación del SAC, para lo cual se incorpora un nuevo capítulo al Título Primero de la Circular Básica Jurídica.

Circular externa 028 de 2016 de la SFC

Instrucciones relacionadas con eventos que generen interrupciones en la prestación de los servicios y que impiden la realización de operaciones a los consumidores financieros.

Artículos 15 y 20 de la Constitución Política de la República de Colombia

Derechos de los funcionarios en la constitución política de Colombia (Art. 15 “Derecho a su intimidad personal y familiar” y Art. 20 “Libertad de informar y recibir información veraz e imparcial”).

Ley 1266 de 2008: Hábeas Data Financiero - SFC

Se dictan las disposiciones generales del hábeas data y se regula el manejo de la información contenida en bases de datos personales, en especial la financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países y se dictan otras disposiciones.

Ley 1581 de 2012: Ley de Protección de Datos - SIC

Es una ley que complementa la regulación vigente para la protección del derecho fundamental que tienen todas las personas naturales a autorizar la información personal que es almacenada en bases de datos o archivos, así como su posterior actualización y rectificación. Esta ley se aplica a las bases de datos o archivos que contengan datos personales de personas naturales.

Circular Básica Jurídica (029/14) de la SFC